jueves 20 nov , 2014

Conociendo sobre el Certificado Digital


El actual ritmo de vida nos obliga a realizar nuestras actividades y operaciones de manera más rápida a fin de aprovechar mejor nuestro tiempo, mejorando así nuestra calidad de vida.


Ante este escenario, afortunadamente las Tecnologías de Información han significado una gran solución. Sin embargo, debido a la inseguridad que implica el Internet y a la necesidad de que nuestras operaciones de comercio y gobierno electrónico se den de manera no sólo rápida si no también segura, es que aparecen los certificados y las firmas digitales.


¿Qué es un certificado digital? Puede entenderse como un archivo electrónico, emitido por una entidad debidamente autorizada por la Autoridad Administrativa Competente (rol ejercido en el Perú por el INDECOPI). A través del certificado digital se puede hacer uso de nuestra “Identidad Digital”, es decir a nuestra identidad ejercida en entonos virtuales o no presenciales. Así con el uso de nuestra “Identidad Digital” podemos realizar operaciones de comercio y gobierno electrónico de forma segura, confiable y con pleno valor legal.

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Gráfico 1: Vista que indica la existencia de certificados digitales en el ordenador.

El RENIEC pone a disposición tres oficinas EREP en Lima para poder tramitar la emisión y cancelación de certificados digitales:

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Etapas de emisión

En una primera etapa, la EREP - RENIEC ha emitido certificados digitales solo para entidades de la Administración Pública, Colegios de Notarios y la Junta de Decanos de los Colegios de Notarios del Perú. Luego, en una segunda fase, que está en curso se viene emitiendo los certificados digitales a personas naturales, a través del DNI electrónico.

Equivalencia de la firma digital con la manuscrita

Cabe mencionar que las firmas digitales generadas a través de un certificado digital emitido por una Entidad de Certificación debidamente autorizada por la Autoridad Administrativa Competente (AAC) tiene la misma validez y eficacia jurídica que la firma manuscrita. A esta propiedad entre la firma digital y la firma manuscrita, se le llama “equivalencia funcional”.


Ana Ampuero Paiss
Coordinador General de Usabilidad y Entrenamiento
Gerencia de Certificación y Registro Digital
RENIEC.


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